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Escolarización curso 2012/2013La escolarización es ordinaria cuando se realiza en el plazo estipulado por la Consejería de Educación (para el curso 2012/2013 del 18 de abril al 7 de mayo), se solicita en el centro deseado como primera opción.
Se considera extraordinaria, en los siguientes casos:
- Cuando se produce un cambio de domicilio.
- Alumnado que se incorpora por primera vez al sistema educativo.
Se solicita a través de la Comisión de Escolarización con sede en la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Algete sita en la C/ Emilia Pardo Bazán, 7. Edif. Municipal J. M. Serrat.
Etapas de escolarización:
- Educación Infantil primer ciclo (de 0 a 3 años). Casa de niños y Escuelas infantiles
- Educación Infantil segundo ciclo (3 a 5 años). CEIP (Centros de Educación Infantil y Primaria)
- Educación Primaria (de 6 a 12 años) CEIP (Centros de Educación Infantil y Primaria)
- Educación Secundaria Obligatoria (de 12 a 16 años) IES
- Bachillerato (a partir de 16 años) IES (Institutos de Educación Secundaria)
La escolarización en España es obligatoria y gratuita.
Del alumno:
- Fotocopia del libro de familia (completo)
- D.N.I.
- Pasaporte o Tarjeta de Extranjero
- O autorizar en la instancia a la Consejería
De los padres o tutores legales de menores:
- D.N.I.
- Pasaporte o Tarjeta de Extranjero
- Tarjeta de Identidad vigente, en caso de nacionales de estados miembros de la UE.
- O autorizar en la instancia a la Consejería
Proximidad domiciliaria:
- Certificado de empadronamiento de la unidad familiar o autorizar al en la instancia al INE y no tendrán que aportar ninguna documentación.
- Cuando se alegue lugar de trabajo: Certificado del lugar de trabajo o copia del contrato laboral en el que se indique el domicilio laboral.
Otra documentación opcional:
- Para determinar puntuación por familia numerosa: fotocopia compulsada del título o carné actualizado de familia numerosa en el que figurará reflejada si se trata de una familia numerosa de tipo general o especial o autorizar en la instancia a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales y no tendrán que aportar ninguna documentación.
Para determinar puntación por renta:
- Autorizar en la solicitud a la Consejería de Educación y Empleo y no tendrán que aportar ninguna documentación.
- Si no se autoriza, y no se señala que los padres son perceptores de la RMI no podrán obtener puntuación por este criterio
Para determinar puntación por discapacidad:
- Certificado e informes emitidos por la Consejería de Servicios Sociales, por los órganos competentes de otras Comunidades Autónomas o, anteriormente, por el INSERSO.
- Autorizar a la Consejería de Educación y Empleo la consulta a la Consejería de Asuntos Sociales y no tendrán que aportar ninguna documentación.
La autorización evita posibles errores en la valoración de la documentación. Es importante leer con atención la información complementaria colocada en los tablones de los centros y que amplia la información sobre documentación a presentar, calendario, etc.
La solicitud se tramita en el colegio que se presenta en primera opción. Es importante rellenar la lista con todas las opciones de acuerdo a las necesidades de cada familia.
El orden en que se eligen el resto de los centros es muy importante, porque no siempre se pueden atender por parte de la Comisión de Escolarización las preferencias manifestadas, ya que las vacantes que existen cuando se inicia el proceso de escolarización pueden ser cubiertas por otras familias que las solicitan en el mismo plazo.
En caso de presentar más de una solicitud en centros diferentes, no se tendrá en cuenta ninguna de ellas, pasando la solicitud a la Comisión de Escolarización.






